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En días recientes, la Suprema corte de Justicia de la Nación aprobó una medida en la que se autoriza a autoridades fiscales y bancarias acceder a información de contribuyentes aún sin que exista una orden judicial de por medio. Este dictamen fue expedido debido al caso de Moisés Mansur Cisneros, un empresario acusado de fraude fiscal por 12.4 millones de pesos y acusado de lavado de dinero presuntamente por ser prestanombres de Javier Duarte, para la compra a través de empresas fantasma de terrenos por un monto de 439 millones de pesos. 

Esta medida, derivó en que la SCJN a autorizar a acceder a su información bancaria para obtener los datos que fueron entregados a la Unidad de Inteligencia Financiera para acusarlo de lavado de dinero.  Sin embargo esta medida se consideró inconstitucional, así que para conservar la confianza de los contribuyentes, la CNBV reveló que solo se podrá pedir dicha información en los siguientes casos:

  • El SAT tendrá el derecho de solicitar la información de cualquier persona con el bajo solamente cuando haya un juicio de por medio. 
  • La CNBV podrá revelar los datos a Hacienda en caso de que se requiera realizar auditorías, es decir antes de que se inicie el proceso penal. El secreto bancario consiste en la protección que los bancos e instituciones financieras deben otorgar a la información relativa a los depósitos y captaciones que reciban de sus clientes. 

De esta forma las instituciones financieras no están obligadas a revelar la información privada de sus clientes y a salvaguardar su información confidencial ante terceros. En México el secreto bancario se encuentra regulado en el artículo 117 de la Ley de Instituciones de Crédito.